21 de diciembre de 2007

Condición del negro esclavo durante el Código Carolino Negro

Dentro del régimen de producción esclavista el negro no es más que un objeto de compra y venta. Pero a pesar de ser tratados como cosa, no son materias inertes, sino por el contrario son seres humanos actuantes y pensantes sujetos a cambios, lo que originó por su parte que sus dueños aplicaran medidas para mantenerlos bajo su total control.

Los primeros intentos para reglamentar la vida de los esclavos partieron de las autoridades españolas; así tenemos que el cabildo de Santo Domingo mandó a elaborar el primer código, los gobernadores de Puerto Rico y Cuba ordenaron hacer cada uno un reglamento. Eso sucedía a nivel regional mientras que las autoridades metropolitanas ordenaban la elaboración del Código Carolino de 1784 y la instrucción sobre educación, trato y ocupación de los esclavos en 1789. El Código Negro Carolino comienza aplicarse en 1789 cuando pasas a formar parte de la instrucción.

Se trata de organizar la mano de obra en especial la mano de obra libre. Debido a esto tenemos que la primera ley establecía “que los españoles vagamundos mestizos, negros y mulatos sean comprometidos a salir a las plazas públicos a alquilarse por un jornal diario; cuya practica ha acelerado los progresos de la agricultura en la provincias vecinas de Caracas por los recursos que ofrecen a los labradores pobres, pero aplicado e inteligente”

Durante este los esclavos tenían el derecho de comprar su libertad pero debían poseer buena conducta, misma que solo podía ser otorgada por los jefes militares.

Se establecía también en la Ley 10 del Código que los negros y mulatos esclavos se casen con los de su misma condición, pero no por eso obtenían la libertad ni uno ni otro aunque contraigan matrimonio con negros y mulatos libre.

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